domingo, 15 de diciembre de 2013

REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLAN DETERMINADOS ASPECTOS DE LA LEY 5/2012, DE 6 DE JULIO, DE MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES

Aprobado por el Gobierno el Texto del REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLAN DETERMINADOS ASPECTOS DE LA LEY 5/2012, DE 6 DE JULIO, DE MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES,aprobado por Gobierno el pasado día 13 de diciembre, y que aún no ha sido publicado en el BOE.
Los aspectos más relevantes de la normas son:
Tal Real Decreto tiene como Objeto (Artículo 1). desarrollar las disposiciones de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles en los aspectos siguientes:
Formación de los Mediadores, cómo mínimo 100 horas de docencia efectiva, de las que un 35% deberá ser práctica, además deberán desarrollar una formación continúa práctica del al menos 20 horas, cada cinco años
Obligación de aseguramiento de la responsabilidad civil de los mediadores,
Publicidad de los mediadores y de las instituciones de mediación, a través del Registro de Mediadores, siendo que la fecha de apertura del Registro para la realización de solicitudes de inscripción por parte de los mediadores, los mediadores concursales y las instituciones de mediación será el 1 de abril de 2014. La inscripción será voluntaria.
Procedimiento simplificado de mediación por medios electrónicos, para supuestos de reclamación de cantidades que no superen los 600 euros, y que tendrá una duración máxima de un mes.
El presente real decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Más información el <a>http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1215197775106/Medios/1288787851387/Detalle.html</a>

1 comentario:

  1. En el BOE de hoy día 27 de diciembre de 2013, se ha publicado "Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/27/pdfs/BOE-A-2013-13647.pdf

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