Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-13616
Trigésima segunda. Interés legal del
dinero.
Uno. De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de
junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda
establecido en el 4 por ciento hasta el 31 de diciembre del año 2014.
Dos. Durante el
mismo periodo, el interés de demora a que se refiere al artículo 26.6 de
la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, será
del 5 por ciento.
Tres. Durante el
mismo periodo, el interés de demora a que se refiere el artículo 38.2 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, será del 5 por
ciento.
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